Principio de igualdad y la inconstitucionalidad del artículo 21 del Código Civil al reconocer solo la maternidad subrogada
Abstract
Objetivo: Evaluar el Art. 21 del Código Civil, al reconocer solo la maternidad subrogada resultaría inconstitucional vulnerando el principio de igualdad ante la ley. Materiales y Métodos: es un estudio de carácter no experimental (no se dispuso a manipular sus variables en tratamiento “principio de igualdad” e “Inconstitucionalidad Art. 21 del Código Civil maternidad subrogada”, investigación de nivel básico dado que se evoca a estudiar la norma, es descriptivo, de paradigma mixta (cuantitativo) a efecto que cuenta con un elemento poblacional, y una muestra para su estudio y representados en tablas y figuras porcentuales, resultados que subjetivamente (cualitativa). Resultados: Así redacta el Art. 21 del Código Civil se prestaría a una interpretación errónea de discriminación, pues en la realidad de los hechos, negar la inscripción del padre implica a que el hijo constituido por reproducción subrogada o asistida en el extranjero, no pueda inscribirlo ante la RENIEC, quedándose sin nacionalidad. Conclusiones: 80 % debe regularse legalmente la maternidad subrogada o asistida para las parejas que atraviesan patologías de infertilidad, adecuándose a los descubrimientos de la ciencia. desde los años 70; 80 y 90 ha creado vida humana en el laboratorio (inseminación artificial).
Collections
- Derecho [813]