El ilícito de usurpación y la sanción en la ley penal del distrito judicial de Huaura – 2021
Abstract
Objetivo: Ha sido la determinación del ilícito de usurpación, que es sancionado enérgicamente en la Ley penal en el Distrito Judicial de Huaura -2021. Materiales y Métodos: El diseño del estudio ha sido no experimental, la indagación es básica, con un nivel descriptivo. La población establecida estuvo constituida por 500 y la muestra es de 217. Resultados: el 54%(118 interrogados) afirma que en este ilícito penal se evidencia la existencia de la destrucción o alteración de los linderos de un inmueble y el 46%(99 interrogados) ellos afirman que desde su percepción no existe destrucción ni alteración. De igual forma, se evidencia que el 50%(108 interrogados) han afirmado que, si se estimó que durante la usurpación se presenta amenaza, violencia, abuso de confianza y engaño, un 30%(65 interrogados) han sostenido que desde su percepción no existe destrucción ni alteración. En tanto, el 20%(44 interrogados). Conclusiones: Según la prueba de Chi2 de Pearson, el ilícito de usurpación si es sancionado drásticamente en la Ley Penal en el Distrito Judicial de Huaura -2022, en ese sentido, han podido alcanzar un valor de 11,923 y una significancia de p=0,002 <0.05 resultando altamente significativo.
Collections
- Derecho [714]