Las medidas de protección otorgados por los juzgados de familia y su eficacia en la prevención de la violencia contra la mujer, Lima 2022
Abstract
El objetivo fue determinar de qué manera las medidas de protección otorgados por los juzgados de Familia tienen eficacia en la prevención de la violencia contra la mujer, Lima 2022. El método ha sido deductivo, tipo básico, enfoque cuantitativo, nivel o alcance explicativo, diseño no experimental, transeccional-causal; la muestra estuvo conformada por 66 los abogados especialistas en familia, magistrados y especialistas legales de los juzgados de familia de la Corte Superior de Justicia de Lima, seleccionado mediante muestreo probabilístico aleatorio estratificado; el instrumento fue el cuestionario de encuesta validadas mediante el juicio de expertos. Los resultados fueron, del total de encuetados se encontró que el 83.3% de los encuestados establecieron que las medidas de protección otorgados por los juzgados de familia carecen de eficacia en la prevención de los casos de violencia contra la mujer; que el 53% que las medidas de protección emitidas conforme a la Ley 30364 no han sido efectivas en el seguimiento que permita la prevención de la violencia contra la mujer; que el 72.7% que la Policía Nacional del Perú no contribuye de manera eficiente en el cumplimiento oportuno de las medidas de protección emitidas conforme a las Ley 30364 que permita la sanción de la violencia contra la mujer. Conclusiones: Las medidas de protección otorgados por los juzgados de Familia en la actualidad no están siendo aplicadas con eficacia por falta de una Oficina Especializada de Seguimiento, Supervisión y Verificación de las Medida de Protección, debidamente presupuestada, conforme se ha demostrado en los resultados, donde el 83.3% de los encuestados indicaron en ese sentido. Las medidas de protección principalmente son formas de establecer la protección a la mujeres para alejarlas de la violencia, dichas medidas son otorgadas por los juzgados de familia que lamentablemente no han sida nada efectivos menos eficaces por la creciente y abrumante violencia contra la mujer, porque si había ix una verdadera protección no existiría de ninguna manera esta creciente violencia contra la mujeres, por esa razón el Estado debe timas otro tipo de medidas que permitan implementar mecanismos más efectivos para eliminar la violencia contra la mujeres, si no es eliminas, por lo menos disminuir prudencialmente, son situaciones que desde todos los niveles el Estado y el mismo Poder judicial debe ejecutar, por otro lado también la sociedad debe tomar medidas de manera horizontal para aminorar la violencia contra la mujer. La medidas de protección son aquellas ordenes que el Estado a través del mismo Poder Judicial, otorga a la víctimas de violencia, en el caso concreto de las mujeres para permitir que dicha mujer tenga una vida lo más tranquila posible y vivía en un Estado de paz, sin algún tipo de amenaza del agresor, que muchas veces es su pareja, ente tales situaciones estas medida de protección permiten el libre desenvolvimiento de las mujeres y por consiguiente de la sociedad, es una acontecimiento que nos permite entender en el sentido más lato la forma de proteges a las mujeres, por el contrario tendíamos una sociedad plagada de violencia. La medidas de protección es una figura jurídica que permite a las mujeres tener una seguridad y no está siendo perseguido por el agresor, pero para que sea efectivo las medidas de protección deben ser también eficientes que permitan aseguras la adecuada protección a las mujeres víctimas, y no sea un simple documento que muchas veces el agresor no hace caso, para lo cual debe existir mecanismos de cumplimiento, seguimiento y verificación de que las medas de protección sean cumplidos adecuadamente, para hacer vales el principio de autoridad del juzgado de familia quien ha otorgado.
Collections
- Derecho [714]