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dc.contributor.advisorLoloy Anaya, Eduardo Genaro
dc.contributor.authorNuñez Bustamante, Isaúl
dc.contributor.authorVasquez Roca, Victor
dc.date.accessioned2016-08-01T19:27:33Z
dc.date.available2016-08-01T19:27:33Z
dc.date.issued2012
dc.identifier.citationAPA
dc.identifier.otherTFDCP_048
dc.identifier.urihttp://repositorio.unjfsc.edu.pe/handle/UNJFSC/597
dc.description.abstractLa reparación civil en el delito de conducción en estado de ebriedad, no deja de ser un tema controvertido, puesto que en la doctrina y en la jurisprudencia existen posiciones antagónicas, los que sostienen que no cabe una reparación civil por ser un delito de peligro abstracto y de mera actividad; contrario, son los que defienden la viabilidad de la procedencia de reparar civilmente el daño causado, entendida como un daño extrapatrimonial, recogida en el Acuerdo Plenario N° 6-2006/CJ-116. Pese al deslinde, queda la incertidumbre de qué criterios deben usarse para determinar el monto de reparación civil en el delito bajo análisis. Entonces surge el problema general de la presente investigación: ¿Cuáles son los criterios que se utilizan para determinar la reparación civil en el delito de conducción en estado de ebriedad?. De acuerdo al desarrollo de la presente investigación, se, advierte que nuestro Código Penal carece de normas especificas concerniente a los criterios para fijar la reparación civil que orienten al fiscal o juez; dado que se ha verificado que dichos operadores se apoyan en argumentos basados en principios de razonabilidad y proporcionalidad, supliendo así la falta de normas concretas que regulen los criterios; asimismo, se evidencia que en la práctica judicial, algunas decisiones se sustentan en criterios propios para la determinación de la pena, regulados en el artículo 45° y 46° del Código Penal. En tanto que en la práctica fiscal, al aplicar el principio de oportunidad se emplean ciertos criterios plasmados en su Acuerdo N° 001-2010-FC-FPPC-HUAURA de la Fiscalía de Huaura. En consecuencia de lo desarrollado surge, que el único criterio utilizado para determinar la reparación civil en el delito de conducción en estado de ebriedad, es la afectación a la norma vigente. No obstante creemos por conveniente proponer la regulación de otros criterios que coadyuven a una mejor labor práctica de los operadores del derecho cuando tengan que fijar un monto de reparación civil
dc.description.uriTesis
dc.formatapplication/pdf
dc.language.isospa
dc.publisherUniversidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión
dc.relationinfo:pe-repo/semantics/dataset
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/restrictedAccess
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by/4.0/*
dc.sourceRepositorio Institucional - UNJFSC
dc.subjectConduccion
dc.subjectEbriedad
dc.titleCriterios para la determinación de la reparación civil en el delito de conducción en estado de ebriedad
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesis
thesis.degree.disciplineDerecho
thesis.degree.grantorUniversidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión Facultad de Derecho Y Ciencias Políticas
thesis.degree.levelTítulo Profesional
thesis.degree.nameAbogado


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