Bien jurídico protegido y la usurpación clandestina de inmuebles previsto en el artículo 202°. 4 del código penal Peruano
Abstract
El Objetivo del estudio fue: Poner de manifiesto la observación, valoración e interpretación del bien jurídico protegido en los delitos de usurpación clandestina de inmuebles previsto en el numeral 4 del artículo 202° Código Penal peruano. Metodología Investigación no experimental - transversal, Tipo básica, de nivel descriptivo correlacional. Se aplicará una encuesta y formulario de preguntas. Para el procesamiento de datos se utilizó el programa Excel, presentado los resultados en tablas y gráficos interpretados de acuerdo a lo obtenido, para su posterior contrastación y discusión con las hipótesis formuladas. Resultado: El 70% que bordea las tres cuartas partes del sondeo, reconocieron que el tipo penal de ingresar a un bien inmueble mediante actos ocultos desnaturalizaría la esencia del delito de usurpación del despojo de la posesión. Conclusiones: El problema de usurpación es frecuente en la jurisdicción del Distrito Fiscal de Huaura, tanto en la ciudad como en terrenos de cultivo y eriazos, las fiscalías y los juzgados se encuentran atiborrados de estas denuncias, siendo imperativo una descripción normatividad que precise penas efectivas, ya que los responsables reciben penas benignas y no vienen sufriendo carcelería, permitiendo su ejercicio reiterativo, pues se afecta la propiedad en forma impune
Collections
- Derecho [722]