Plazo de impugnación de paternidad y la prevalencia de la verdad genética
Abstract
Objetivo: Por alcanzar se situó en establecer, si la verdad genética de la prueba científica del ADN tendría prevalencia sobre el plazo de caducidad de impugnación de la paternidad regulado en la legislación civil peruana. Método: Fue una investigación no experimental de tipo exegético, de nivel descriptivo correlacional entre las variables “Plazo de caducidad de impugnación de paternidad” y “Verdad genética del ADN” y de visión cuantitativa, vía encuesta a cien abogados conocedores de la materia. Resultados: Se operó las variables y se obtuvo el cuestionario de preguntas validadas, los datos obtenidos se presentaron estadísticamente en el programa EXCEL mediante tablas y cuadros. Conclusiones: Los artículos 364° y 400° del Código Civil que regulan el plazo de caducidad de los 90 días para demandar la impugnación de filiación de los hijos nacidos dentro del matrimonio o para negar el reconocimiento del hijo extramatrimonial; no debe aplicarse cuando existe de por medio la prueba genética del ADN; dándose prevalencia al avance tecnológico de la investigación científica rigurosa, ya que no puede estar sojuzgada a razonamientos subjetivos para determinar el plazo de caducidad filial del Código Civil.
Collections
- Derecho [722]