Primacía de la realidad para oponerse a las pensiones devengadas de alimentos, frente al retorno del obligado al hogar del demandante – Huaura año 2017
Abstract
Objetivo: Establecer que el obligado alimentista a través del principio de primacía de la realidad, puede plantear su oposición a las pensiones devengadas, cuando este ha retornado al hogar del demandante y le asistido con los alimentos de forma directa, extinguiendo así su obligación. Métodos: Tipo de investigación es aplicada, no experimental, de nivel descriptivo y de corte transversal, con un enfoque cualitativo y cuantitativo, el cual describe si el principio de primacía de la realidad debe tomarse en cuenta por el Juzgador como oposición a la liquidación de pensiones devengadas de alimentos. La población de estudio es 100 personas (jueces, abogados y estudiantes de derecho), cogiendo una muestra del 12% de ellos y utilizando la técnica de la encuesta, en este caso la investigación se centró en analizar los procedimientos judiciales que se realizan en el Poder Judicial. Resultados: los resultados obtenidos advierten que la mayoría de entrevistados considera que el criterio de los Jueces para el cumplimiento del pago de las liquidaciones devengadas no solo debe basarse en el depósito en la cuenta de ahorros de la demandante, sino también adoptando otras circunstancias como el pago directo por ejemplo a través de la compra de alimentos. Conclusión: los resultados obtenidos demuestran que existe una correlación entre la primacía de la realidad y pensiones devengadas de alimentos
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- Derecho [722]