Buena fe cualificada en proceso extintivo de dominio y la tuición jurídica al propietario transportista de carga pesada, Huamachuco - 2024
Abstract
Objetivo general: Determinar la conexión existente entre las reglas de buena fe cualificada del proceso extintivo de dominio y la tuición jurídica al propietario transportista de carga pesada en la ciudad de Huamachuco, 2024. Metodología: El presente aborda una investigación bajo el arquetipo básico o puro, con la finalidad de formular una teoría a partir de la dogmática existente a fin de sustentar la hipótesis planteada. En consecuencia, por su alcance en el tiempo se optó por el diseño transversal, el proscribe la obtención de información en un tiempo determinado y examinar su incidencia en la variable analizada. Por su nivel, es correlacional ya que se tiene como fin identificar la conexión que existe en las variables de investigación: La buena fe cualificada del proceso extintivo de dominio y Tuición jurídica al propietario transportista de carga pesada. Resultados: Se efectuó un análisis de contenido de veinte (20) resoluciones expedidas en segunda instancia por la Sala Penal de Apelaciones Transitoria Especializada en Extinción de Dominio de La Libertad, de los cuales, el 35% de la muestra de estudio fueron procesos fueron en contra de personas naturales (07 Expedientes); y el 65% de la muestra de estudio fueron procesos fueron en contra de personas naturales como tercero de buena fe y/o requeridos, los cuales son personas jurídicas (13 Expedientes). Conclusiones: Se concretó determinar la conexión que existe entre las reglas de la buena fe cualificada del proceso extintivo de dominio y la tuición jurídica al propietario transportista de carga pesada, toda vez que en el 100% de las resoluciones estudiadas, se detalla que la buena fe cualificada es aquella que exige al propietario un actuar diligente y prudente no solo al momento de adquirir su bien, que debe ser de manera lícita, sino que, además, este tiene el deber de cautelar que el uso de su bien sea legítimo y no destinado a fines ilícitos.



