Criterios de valoración del juez para otorgar reciprocidad de alimentos cuando el padre abandonó a su hijo menor de edad
Abstract
Objetivo: Evaluar los criterios de valoración adoptados por el juez, para otorgar
reciprocidad de alimentos a padres insolventes que abandonaron a sus hijos menores de edad. Materiales y Métodos: Estudio de nivel descriptivo
correlacional entre las características y cualidades de las variables, Investigación
de tipo básica normativa, enfoque mixto (cuantitativamente) se recurrirá a una
muestra numérica de la población de estudio y serán debidamente interpretados
por el investigador. De diseño no experimental. Resultado: Los arts. 474 y 479
del Código Civil, reconocen la obligación recíproca de los alimentos que les
asisten entre ascendentes, no hace referencia del comportamiento de los padres si
fueron inhumanos o protervos, el juez aplica el positivismo jurídico expresado en
la norma, no permite al a quo insertar criterios de valoración al momento de fijar
el monto económico de la obligación. Conclusión: se estableció que, 60 %, no
vienen primando criterios de valoración adoptados por el juez, para otorgar
reciprocidad de alimentos a padres insolventes que abandonaron a sus hijos
menores de edad. También que 46 %, debe insertarse al art. 483 Código Civil la
causal exoneración de alimentos ascendentes cuando los padres abandonados
totalmente a sus hijos menores, ello implicaría la modificatoria de los arts. 474 y
479 del mismo cuerpo legal.
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- Derecho [784]