Control de plazos para interponer silencio administrativo en el procedimiento sancionador en la Municipalidad Provincial Barranca – 2023
Date
2024-11-20Author
Marres Huamancaja, Juan Anthony
Rodriguez Robles, Dayana Rosmery
Metadata
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Objetivo: Evaluar el control de plazos para interponer silencio administrativo
evitaría arbitrariedades al procedimiento sancionador Municipalidad Provincial
de Barranca 2023. Materiales y Métodos: De diseño no experimental, basado en
el método de la observación rigurosa de nuestras variables, es tipo aplicado, de
nivel descriptivo asociativo entre las característica y cualidad de estudio de las
inconstantes, y de enfoque mixto, cuantitativo se emplea una población y muestra
numérica, los resultados serán tabulados y los gráficos, los que serán analizados e
interpretados subjetivamente por el tesista (cualitativo). Resultados: La Ley no
regula el silencio administrativo en cuanto a los plazos, a ello, no es ajeno la
Municipalidad Provincial de Barranca, donde no se viene prestando atención,
denotándose una labor inerte de los funcionarios y servidores públicos de esta
entidad. Conclusiones: 65 %, el control de plazos para interponer silencio
administrativo evitaría arbitrariedades al procedimiento sancionador
Municipalidad Provincial de Barranca 2023, pues el art. 228 numerales 1 y 2 no
precisa el agotamiento de la vía administrativa, en cuanto al silencio
administrativo negativo o interposición de recurso de reconsideración.
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- Derecho [741]